Oct 011988
 

Ángel Paule Rubio.

Sobre unos asentamientos vetones, se alzó una villa romana, cuna de la cultura de los años cincuenta-ochenta, donde se registraron unos ciento diez entre universitarios y bachilleres y un nutrido número de estudiantes eclesiásticos, mientras en los pueblos limítrofes, estas cifras eran utópicas.

Villa olivarera en la que antaño movían sus ruedas, cuan gigantes quijotescos, unos quince molinos de aceite, que por la fuerza del agua del arroyo Los Lagaresextraían el oleico líquido, base de su economía.

Esta villa, poblada por poco más de mil habitantes, antaño dos mil, está eclipsada en su añejo esplendor por los lamentables efectos migratorios.

El olivar está sufriendo una depreciación que obligarán a sus habitantes a cambiar el monocultivo o a asociarlo a la ganadería, que en otras épocas tuvo raigambre.

La cabra y la oveja, serían el asociado idóneo que por naturaleza forman parte de la ancestral cultura de este pueblo.

No hay duda que la cultura del olivo o mediterránea, de color aceitunado, de elixir de atleta y de bálsamo espiritual, ha dado, como no, hombres ilustres, avanzados y avezados en ideas de libertad y de democracia. No quiero citar hombres estelares, hijos de aquí, por no restar nada a mi personaje: D. Antonio de Oliveros Sanz.

En esta villa de Villanueva de la Sierra, prologomenada anteriormente, nació el día 17 de enero de 1764 Antonio, hijo de Antonio y de Antonia. Seis días después, el cura de la parroquia de esta villa lo bautizó. Su fe de bautismo dice así: «Yo B. Don Juan Guerra, puse los Santos Oleos y bauticé solemnemente, hice los exorcismos a un niño, hijo legítimo de Francisco de Oliveros y de Antonia Sanz, naturales, él de esta villa y ella de la de villa del Campo, al que pude por nombre Antonio y que su padrino, Antonio Gasco, advertí el parentesco espiritual y demás obligaciones de padrino y que por ser la verdad lo firmo en esta el día, mes y año, fecha ut supra «.

Este hizo sus estudios eclesiales, y lo tenemos ordenado sacerdote.

En Salamanca, Sacramental de San Isidro de Madrid y Cádiz, transcurre su vida.

Mi trabajo lo voy a situar en Cádiz, donde plasmó con entusiasmo enardecido y esperanzador, sus ideas constitucionales, de libertad y de democracia.

Por el mundo occidental corren ríos revolucionarios protagonizados por la burguesía liberal y por el proletariado militante. El primer proceso arranca de la Revolución Francesa que cristaliza en las Cortes de Cádiz de 1810, como respuesta a la invasión napoleónica, Motín de Aranjuez y abdicación de Carlos IV. El vacío de poder facilita la iniciativa de las autoridades inferiores.

Es necesario convocar Cortes y promulgar una Constitución que resulte popular, formada por el clero, la nobleza y el estado general.

“En la Real Isla de León, el 24 de septiembre de mil ochocientos diez, reunidos el número de Srs. Diputados propietarios de las provincias que están libres del enemigo y de suplentes, de las ocupadas, y de los dominios de esta Monarquía, de las que por distancia no han podido venir para este día, que el Consejo de Regencia designó para la abertura e instalación de las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación, nombrado conforme a las instrucciones y órdenes publicadas y habiendo precedido al reconocimiento de los poderes respectivos hechos en Cádiz por una comisión de cinco Diputados, a saber: D. Benito Ramón de Hermida, Marqués de Villafranca, D. Ramón Power, Don Felipe Amat y D. Antonio de Oliveros, cuyos poderes habían sido reconocidos por el Consejo de Regencia.

La Provincia de Extremadura estuvo aquí representada por D. Antonio de Oliveros, pon Diego Muñoz Torrero y otros más,…” continua citando a todos los Diputados de España, Colonias y de las Américas.

En esta primera sesión de Cortes del 24 de Septiembre de 1810, aparece nuestro personaje, al que vamos a estudiar siguiendo sus huellas.

En la sesión 25 de noviembre de 1810, el Sr. Oliveros intervino, pidiendo que se especificase en la misma, quienes debían de prestar el juramento de fidelidad, respeto y acatamiento al Consejo de Regencia y a las Cortes Generales en los pueblos de su residencia y los que estando en Cádiz o la Isla, deberían ejecutarlo en la sala de sesiones ante las mismas Cortes. Hubo una pequeña excitación al plantear la cuestión de si las autoridades eclesiales, que no habiendo sido confirmadas, deberían prestar este juramento.

Se discutió y después de oídos a los señores Diputados convinieron las Cortes, qué, puesto que eran súbditos, debían jurar.

Se aprobó la proposición del Sr. Oliveros y quedó sancionada que todos los jefes, autoridades civiles militares y eclesiásticas, residentes en las provincias hiciesen allí el reconocimiento y juramento prescrito en el decreto y ellos lo recibieran de sus dependientes. El General en Jefe, Presidentes, Gobernadores, Decanos de los Consejos Supremos y Gobernadores Militares, pasasen a la sala de Cortes para hacerlo.

Sesión 5/10/1810

Se abrió la sesión con la cumplimentación de una diputación de la Santa Iglesia de Cádiz. El Sr. Oliveros antes de recibirla expuso: «Que en Cádiz corría una orden superior prohibiendo hablar mal de las Cortes, que estas no habían tomado semejante medida, lo cual teníanlo por opuesto al decoro de los Diputados y a la liberal franqueza con que debía permitirse a cada ciudadano a hacer sus reflexiones». Debatida esta proposición, la mayoría de los Diputados, convencidos, lo apoyaron. El Sr. Oliveros fijó para su aprobación la proposición así: «Que se pregunte al Consejo de Regencia si se ha dado orden para que se cele sobre los que hablen mal de las Cortes, sea cuál esa orden y cual el motivo que haya habido ara darla». Aprobada por unanimidad.

Deducimos, que ensalza la libertad de expresión con respeto y libre de coacción para todos los ciudadanos.

Seguidamente se recibió la a Diputación de la Catedral. Quedaron unos en la barandilla de la Sala, y el representante, se adelantó a los pies de la mesa, hizo un discurso de felicitación a las Cortes, y después de contestarle el Sr. Presidente se retiró.

Este acto señala el acatamiento de la soberanía de las Cortes, por la Iglesia.

Continúa la sesión el Sr. Oliveros sobre la necesidad de establecer un periódico destinado a publicar las sesiones del Congreso, de modo que constase de una serie histórica de estos trabajos con el nombre de “Periódico de las Cortes”. Debatido el tema, el Sr. Oliveros propuso: «Que haya un periódico destinado a publicar las sesiones de las Cortes con el nombre de «Periódico de las Cortes». Fue aprobada.

Sin duda, el pensamiento de información, para su posible crítica posterior por los ciudadanos, es otro hito histórico que marca el camino “de lo mas conocido es lo más amado”.

Sesión 16/12/1810

Se discutió el proyecto «Arreglo de Provincias». Cuatro proposiciones forman el cuerpo del proyecto: Primera: ¿Exige el interés de los pueblos, que se recauden los impuestos por personas de su confianza, las rentas y contribuciones? Segunda: ¿Deberá cuidar la Nación de que no se dilapiden estas rentas, haciendo que se administren por los que tienen mayor interés de conservarlas y en que solamente se aplique a su verdadero destino? Tercero: ¿Es preciso este espíritu de unidad y conformidad que intenta establecer para siempre la Nación, a efectos de conseguir el gran objeto que se ha propuesto en la convocatoria de sus Cortes Generales y Extraordinarias? Cuarto: ¿Se logra este justísimo deseo por los medios que propone el proyecto?

El Sr. Oliveros, después de las intervenciones de otros Diputados, se preguntó y dijo: ¿Deberá haber en cada pueblo un administrador? ¿Deberá hacerse en todos los pueblos lo que se hizo en la Provincia de Madrid? Se contesta estas interrogantes. ¡Infelices pueblos! Se penetró de dolor e interrumpió el discurso. Después de preguntarse y responderse extrajo dos principios fundamentales: La Nación debe dar al Gobierno las sumas que necesite para desempeñar las cargas del Estado. A continuación explica y fundamenta su tesis. Dice: «El Rey y todos los que componen el Gobierno son para el bien de la Nación. El brillo de la Magestad Real, la decencia de los oficiales, el respeto al orden, la tranquilidad y el decoro con que la Nación debe ser mirada por los extranjeros debe tener cuanto necesita para su manutención.

El Rey exponiendo sus necesidades. La Nación recaudar las rentas al Rey, o sea al Gobierno. Luego los recaudadores deben ser nombrados por la Nación. Solo el Gobierno puede disponer de dichas sumas, no la Nación».

Las claras ideas del Sr. Oliveros son respetadas como si se tratara del ideólogo que mueve el entramado de los hilos de las Cortes de Cádiz.

Sesión 28/1/1811

Entre otros temas, toca la libertad de imprenta. Trata una parte de la sesión de un escrito sobre un diputado ofendido y el castigo que hubiese merecido. Este diputado afirmó que el reglamento de la libertad de imprenta es defectuoso.

El Sr. Oliveros en su intervención afirma: “La ley dada por las Cortes sobre la Libertad de Imprenta, no es defectuosa como acaba de decirse. Fue redactada detenidamente por la Comisión y discutida prolijamente para que saliese a la luz con la perfección que corresponde a la Augusta Asamblea que la sancionó.

Cita qué debe hacer un ciudadano ofendido y el tribunal que entiende estas injurias, llamada Junta Censoria, que es la que dictaminará el procedimiento para aplicar el castigo, si se hubiese merecido, en la completa seguridad, que el juicio se llevará con exactitud, imparcialidad y justa precisión”.

Añade, convencido, “que todos los juicios pertenecientes a los demás objetos se pudieran formalizar con la misma sencillez que el indicado por la ley de Libertad de Imprenta”.

Inferimos la preocupación del Sr. Oliveros por la libertad de imprenta. Ley en cuya confección intervino activamente. Un privilegio más que es el Paladión de la libertad del ciudadano contra la tiranía.

Sesión 2/2/1811

Entre otras, se leyó una proposición del Sr. Oliveros relativa al nombramiento de una comisión que entienda el modo de vender de propios y baldíos.

“Son enormes los gastos de guerra y hay que arbitrar medios para cubrirlos. Tal es la venta de una parte de baldíos y propios del Reino. La Junta de Badajoz lo creyó así, pero hubo abusos que deberían excitar a V. M. Las dehesas boyales y carniceras no deben venderse o al menos serán las últimas, pero los enormes baldíos, cuyos frutos se desperdician, comida de monte y guarida de alimañas y ladrones, deberían venderse”.

Añade, que estos montes de todos, “crían y engordarían mil cabezas de ganado, mientras que si fueran de particulares criarían y engordarían cuatro mil. Como consecuencia habría mayor número de propietarios y aumentaría la población. Si la Corona necesita ahora granos, carnes, paños y otros géneros, ¿no sería conveniente dárselas en pago un terreno, que lo cultivarían, recibirían el premio de sus fatigas, aumentarían sus frutos y, sobre todo, habría un crédito público? Para Extremadura esto sería útil y productivo”.

Llega con razonamientos sencillos, profundos a paliar necesidades, aumentar la población y alegrar corazones con la tenencia licita de tierras.

Sesión 25/3/1811

Sobre pérdidas, y derrotas de nuestros ejércitos.

El ministro del Ejército señala las causas de nuestra derrota y las basa en la falta de medios, de disciplina y de mala inteligencia entre autoridades civiles y militares. A lo que el Sr. Oliveros responde: “La falta de medios, no es la causa, sólo la provincia de Extremadura ha dado todo lo necesario”. Por citar un asedio, nombra el sitio de Badajoz. Añade: “todos sus pueblos se apresuraron a dar víveres y a prestar auxilios. Falta de disciplina, tampoco. Todo el mundo sabe que nuestra Infantería es la mejor del mundo. Mala inteligencia –dice- tampoco. La Junta de Extremadura no estaba en Badajoz. Estaba en Valencia de Alcántara. Puede que de haber estado allí, Badajoz no se hubiera rendido, más aún. La Junta de Ciudad Rodrigo contribuyó mucho a su defensa.

Hay otras razones. ¿Por qué derrotan nuestros ejércitos? ¿Qué dirá Extremadura después de tantos sacrificios? ¿Estamos en tiempo en que los ministros pongan trabas por caprichos particulares a los que pueden contribuir al bien de la Nación?

Es necesario que el Consejo de Regencia, con energía, obre con libertad, arrollando a cuantos obstaculicen sus re soluciones.

Resumiendo, presento cuatro proposiciones: Que se diga al Consejo de Regencia que las Cortes esperan a la mayor brevedad la organización de los ministerios. Que por el ministro de la Guerra pase a las Cortes cada mes un estado general de los ejércitos en todas sus ramas. Que se autorice a las Juntas buscar arbitrios que sostengan los ejércitos. Que se publique el resultado de las investigaciones sobre todas las acciones de Guerra”.

El discurso del Sr. Oliveros, lleno de pasión, sin miedos, con soluciones inteligentes, fijaron los sólidos pilares por donde el ejército debía conducirse. Fue muy aplaudido.

Sesión 26/4/1811.

Sobre el Reglamento de la Comisión de Justicia.

Hace notar, que nuestras leyes son muy voluminosas. Pide se entresaque de aquellos inmensos volúmenes, leyes que deben dirigir el proceder de los jueces con sus conciudadanos. Las leyes que han tratado mejor a los hombres están en las Partidas y su lenguaje es anticuado e ininteligible al común de los españoles. Exige se redacten en estilo usual para que sean conocidas por todos.

“No es arreglar el Código Criminal, sino el modo de enjuiciarlas, dar reglas de cuándo y cómo se puede detener a un ciudadano. Hace un análisis diciendo que el legislador entrará en el corazón humano para entenderlo, descubrir los resortes de sus operaciones y con estos sólidos y profundos conocimientos señalará a cada crimen su pena, aquella pena cuyo temor influya en el hombre, detenga su mano, para que no lo vuelva a cometer y aún sofoque en su raíz sus estímulos y deseos que sienta repugnancia de su acto”.

Sobre las cárceles añade: “La Ley de Partida las llama lugares de seguridad, destinados a custodiar a los presos, no para afligirlos ni atormentarlos, no está aún evidenciado que sean reos y cuando se les convenza de tales, no deberán sufrir otra pena que la señalada por la ley. Las cárceles deben ser seguras y cómodas”.

Este punto sobre el estado de las cárceles lo trata exhaustivamente, vislumbrando las cárceles nuevas donde no se confunda al inocente con el culpado. Las llama escuelas de vicios donde no se han mejorado las costumbres y se puedan restituir a la Patria al ciudadano arrepentido.

“A los que por sus delitos merezcan la pena capital en lo cual debe entenderse el presidio, o aquellos que tengan interés de evadirse de la pena de la ley, también se entenderá el presidio”.

Hace por tanto diferenciación entre cárcel y presidio, clasificando las penas. Espera un sistema liberal de educación en el que se realicen estas lisonjeras esperanzas.

Sesión 24/6/1811

En esta sesión se nombra secretario al Sr. Oliveros en sustitución del Sr. Aparisi.

Después del nombramiento por el Sr. Presidente, el Sr. Oliveros pronunció un discurso: “Señor, dispensándome V. M. un honor que no merezco, ni jamás apetecí, me confía esta silla y pone en mis manos el Reglamento para que cele su observancia. En cuanto a lo primero doy a V. M. las mas rendidas gracias y en cuanto a la segunda, espero un disimulo por parte de V. M., no dudando que si alguna vez me veo en la precisión de hacerle observar y reclamar el orden, no será sino con el deseo de cumplir con mi deber».

Sesión27/8/1811

Examina y expone el mecanismo a seguir por el Juez contra la persona del autor, cuando se atente contra el Reglamento de la Libertad de Imprenta.

“Debe seguirse el mismo proceso que en los robos y asesinatos y demás crimines, con las diferencia -añade el Sr. Oliveros- que el cuerpo del delito en esta materia, es evidente, y se le da al Juez calificado, teniendo únicamente que atender a las circunstancias del la persona para calificar el delito y en los demás casos es mas difícil y sujeto a mil dudas”.

Sesión 5/11/1811

Sobre el manifiesto de Lardizabal que calumniaba la conducta del ex-Regente el General Escaño y la del General Castaños.

La defensa de ambos generales es llevada por el Sr. Oliveros que comienza diciendo: «Hoy es día de gozo y luto. Gozo por el nacimiento de un rey y de amargura y luto por el manifiesto del ex-Regente Lardizabal, contra el Consejo de Regencia en las personas de los genérales Escaño y Castaños”.

Defiende la conducta de ambos leyendo una carta fechada en Valencia de Alcántara día 24 de octubre del General Castaños. Concluida la lectura, añade: “Reciba V.M. el testimonio de sinceridad y respeto de un general que a los muchos días de alegría dados a la Patria hay que añadir la victoria mas señalada de la División de Girard”.

Prolija es la defensa, poniendo en juicio de los hombres de honor la conducta del ex-Regente Lardizabal.

Las Cortesdan su beneplácito. Defiende el honor contra la falsedad, la impostura y el engaño.

Sesión 9/12/1812

Sobre el Tribunal de la Inquisición.

Se propone un proyecto de decreto sobre los tribunales protectores de la religión y de la prohibición de los escritos contrarios a ella. Se compone de dos capítulos. El primero con diez artículos y el segundo con cinco. E1 texto trata sobre si la Inquisición está o no de acuerdo con la Constitución.

Estudiado por la Comisión pertinente y sometida a votación, no se aprueba porque un grupo de tres miembros de esta Comisión no estaban suficientemente enterados por falta de asistencia. El Sr. Muñoz Torrero, Presidente, aplazó su votación para un próximo estudio.

El Sr. Olivero, vicepresidente de la Comisión hace una extensa exposición. Leyó todos los documentos sobre el asunto para ilustrar a los Srs. Diputados. Hace constar que todos los documentos estaban en Secretaria, donde podían verlos y examinarlos los Srs. Diputados.

Sesión 26/8/1813

Sobre diezmos de los ministros del altar y gastos necesarios para celebrar el culto.

El Sr. Oliveros comienza la sesión sobre el objeto, ocupando en el diario de sesiones casi la totalidad del tiempo. Sintetizando dice: “Es obvio la vigilancia con que los Reyes de España dotan a los Rdos. Obispos y a los curas párrocos. Han tenido presente que los fieles contribuyen con diezmos. El Santo Concilio de Trento recomendó el asunto a los Soberanos de España y lo ha procurado sin cesar, pero sin que los párrocos estén debidamente dotados.

Las Cortes, que saben vencer obstáculos no se arredrarán por estas dificultades. Espero sepan atender esta mi petición en honor de la Religión y del Estado.

Es necesario que haya una división mas proporcionada de los obispados en armonía con la nueva división que se ha de hacer del territorio español en provincias.

Entretanto las Cortes decretarán la dotación necesaria de los curas párrocos, que de cerca cuidan y velan de la grey encomendada.

Es vergonzoso, Señor… ver como los fieles pagan puntualmente los diezmos, por muchos miles y se ven en la necesidad de pedir limosna para satisfacer sus necesidades. La casa excusada absorbe todo el valor de los diezmos, dejando indotados a los curas. Entiendo que la cantidad necesaria sea en primer lugar para el culto divino, después la parte para la casa excusada, el noveno real, el cabildo y demás personas que tengan títulos justos”.

Termina haciendo las siguientes proposiciones: “Los Rdos. Obispos señalarán la congrua suficiente a los curas y a las Iglesias Parroquiales. El expediente pasará a la Regencia por medio de la Secretaria de Gracia y Justicia. Las asignaciones a los Párrocos se deducirán de la masa total de los diezmos. Esta asignación se hará extensiva a las Órdenes Militares. Que de la tercera parte de la mitra, en que el Rey puede pensionarla, se doten los curatos y las fábricas de las iglesias. Del mismo modo se asignará una dotación a los Seminarios Conciliares. Los Prelados expondrán a la Regencial, si conviene sustituir o suprimir en un todo los derechos de estolao o arreglar los aranceles con equidad. Que pasen estas proposiciones a la Comisión Eclesiástica y de Hacienda para que exponga a las Cortes lo que mejor parezca”.

Firmado: Antonio Oliveros.

Deducido de todas las lecturas, exposiciones y discursos que en tan dilatado espacio de tiempo el Sr. Oliveros hizo, podríamos calificar por la profundidad de sus ideas, por la honradez de sus palabras, por el exquisito trato con que adornaba sus actuaciones, por la integridad de sus afirmaciones, por la autoridad convincente de sus momentos tensos, por basculizar las partes enfrentadas, por poseer el respeto de todos, afirmamos que el Sr. Oliveros, alma de la Constitución del 1812, extremeño, villanovense, supo levantar la antorcha, encender el crisol, exprimir el elixir de la libertad y de la paz, sacando semilla pura, renovada, germen de una España democrática a la que todos aspiramos.

Adenda:

En Salamanca en el Siglo XIX, en las aulas y pasillos deambulaban un grupo de intelectuales que querían cambiar el estilo, la forma, las ideas de aquel momento.

Este grupo, llamado sensista, no podía pronunciarse en reuniones, estaban prohibidas, lo hacían por los pasillos, por los pastos y plazas.

Entre sus ideas menciono las siguientes: Añado esto a mi trabajo, por pensar, sin haber obtenido resultados ni positivos, ni negativos, que el Sr. Oliveros se encontraba entre ellos. Será objeto de un nuevo estudio:

  1. En la Universidad de Salamanca se daban todos los estudios en latín y el grupo sensista planteó darlos en castellano.
  2. Armonizar Razón y Fe.
  3. Desbancar el Tomismo.
  4. Cambiar Astrología por Astronomía.
  5. Cambiar Astrología por Física.
  6. Desamortización.
  7. A nivel socil: Dignificación del Campesinado.
  8. Mito de la Inquisición

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