Oct 012004
 

Serafín Martín Nieto.

La nobleza cacereña desempeñó un papel primordial en el desarrollo de las artes, ya fuere mediante la edificación de sus moradas en la villa, cuyo conjunto monumental ha alcanzado la distinción de Patrimonio de la Humanidad, o de las casas de labor en su término; o bien mediante el patronato de edificios religiosos. Dicho mecenazgo alcanzó su apogeo durante el siglo XVI y comienzos del XVII.

La Guerra de Restauración portuguesa incidió de manera muy negativa en Extremadura, pues las localidades próximas a la frontera se convirtieron durante muchos años en escenarios de combate y objeto de múltiples razzias del ejército lusitano organizadas con el fin de saquear las poblaciones, robar el pagado que pastaba en las dehesas y quemar las cosechas. Por otra parte las sangrías de hombres y riquezas para abastecer el Real Ejército fueron incesantes, pues la autoridad real, insensible ante la general miseria, no se vio saciada en sus interminables exigencias de levas de soldados y de repartimientos de dinero, ganado y alimentos.

Dichas urgencias repercutieron negativamente en el desarrollo de las artes y en la permanencia de los talleres locales cacereños, de fecunda actividad en décadas anteriores. Tras la desaparición del brocense Juan Bravo, afincado en Cáceres, y del pintor Francisco Mendo Montejo, se nota un vacío en el panorama artístico, suplido parcialmente por Francisco Pérez Salamanca y su hermano Juan Marcos.

Asimismo, se siente la falta de magnos encargos civiles o religiosos por parte de las Órdenes Militares, Cabildos Catedrales, Concejos y mecenas particulares a artistas foráneos de reconocido prestigio que en épocas anteriores supieron encauzar las inquietudes de los artistas locales que se formaron bajo su inspiración y amparo.

Sin embargo, a finales del siglo XVII y principios del XVIII se advierte ya un incremento de encargos, pero el predominio del estilo corresponde a los Churriguera, cuya actividad en Salamanca conocieron personalmente los cacereños estudiantes o profesores en dicha Universidad, los cuales contribuyeron a extender este nuevo gusto artístico que reemplazaría en nuestra ciudad tantos retablos tardo-góticos y renacentistas.

Entre los linajes cacereños, la familia Ovando ocupó un lugar preponderante. La genealogía de esta familia ha sido ampliamente estudiada por el conde los Acevedos[1]. Una de sus miembros, doña Magdalena Juana de Solís Ovando donó el retablo de la capilla de San Vicente Ferrer del convento de Nuestra Señora del Rosario de la orden de predicadores de la capital cacereña y puso en ejecución el mayor de la cercana ermita de Nuestra Señora de Gracia en el heredamiento de las Arguijuelas.

Dª Magdalena Juana se casó, en San Juan de Cáceres, cuando apenas contaba dieciséis años, con don Pedro Francisco de Ovando Rol Cerda y Castejón, III marqués de Camarena, viudo a la sazón de doña María Jacinto de Carvajal y Sande. De este matrimonio fue unigénito don Vicente Francisco de Ovando Rol y Cerda, nacido cuatro meses antes del óbito del marqués ocurrido el 21 de enero de 1701.

I. – EL RETABLO DE LA CAPILLA DE SAN VICENTE FERRER DEL CONVENTO DE SANTO DOMINGO

img1A pesar de la oposición de una parte de los regidores cacereños, se logró cumplir la voluntad de Catalina de Saavedra expresada mediante carta de donación, otorgada ante el escribano Gregorio de Grajos el 4 de abril de 1524, de su parte de hierbas en la dehesa del Alcoce para la fundación del convento de Santo Domingo de Cáceres.

Al contrario de lo que sucedió con el convento de San Francisco, en cuya construcción se volcó la población cacereña, especialmente la nobleza, con la edificación de numerosísimas capillas tanto en la iglesia como en sus claustros, en el de Santo Domingo apenas existieron capillas particulares y las que hubo fueron adquiridas con posterioridad a su edificación por la orden dominica.

La primera fue la funeraria de la propia Catalina de Saavedra, bajo la advocación de la Concepción, sita en la colateral del transepto, al lado del evangelio, cuyo sepulcro se halla actualmente oculto tras el retablo donde se venera a Nuestra Señora del Rosario, patrona del convento, escoltado por el escudo de armas de dicha fundadora.

img2La segunda, y última, capilla particular de la que tengamos noticias es la de Santo Tomás. El 14 de julio de 1593 [2], doña Catalina de Argüéllez Ramírez, estando su marido Alonso Holguín de Ovando al borde de la muerte, concertó con el prior la compra, para sus enterramientos, de la mencionada capilla en quinientos ducados, y la facultad de poder poner sus armas en lo alto y bajo, cerrarla con una reja de madera, que sus testamentarios encargarían al entallador cacereño Juan Hernández Mostazo, conforme a las existentes en las laterales del monasterio de San Francisco. La laude la labraría el cantero Francisco Paniagua; el escudo de la pared, que aún se conserva, pero desplazado, con las armas del matrimonio, lo tallaría el cantero Diego González y lo doraría el pintor Gaspar Gallego [3].

Dª Magdalena Juana, ni por su matrimonio con el marqués de Camarena, ni por herencia propia de los Solís ostentó derecho alguno de patronato sobre la capilla de San Vicente Ferrer del convento dominico, pero sí profesó por esta figura señera de la orden dominica española una especial devoción, la cual sabría inculcar a su hijo unigénito, al que impondría el nombre de este santo.

El 14 de julio de 1704, ante el escribano madrileño Juan Mirabel de los Cobos, la marquesa viuda de Camerana, entonces residente en la Corte, partidaria como toda Extremadura de Felipe V, concertó con el maestro ensamblador de retablos Domingo Francisco de Valdearenas y con el maestro dorador Juan de Borja y Córdova, ambos vecinos de Madrid, la ejecución y dorado de un retablo para el mencionado altar de San Vicente Ferrer. El plazo se fijó en cinco meses, los dos primeros reservados para la conclusión de los trabajos de talla. Tal plazo estipulado para la conclusión de la labra de su arquitectura resulta bastante perentorio, pero la premura se debería, no sólo al interés de la marquesa por lograr ver realizado su deseo, sino sobre todo a la inseguridad de las circunstancias imperantes debidas a la guerra desencadenada con motivo de la sucesión a la corona de España – de tan funestas consecuencias en nuestra región como la de Restauración-, pues dos meses antes había desembarcado en Lisboa el pretendiente austriaco, el archiduque Carlos.

img3El precio, se estipuló en cinco mil ochocientos reales de vellón, pagaderos en diferentes plazos. De ellos, dos mil setecientos cincuenta correspondían a Valdearenas, quien recibió al contado mil reales con el fin de adquirir, como era habitual en estos tipos de transacciones, el material necesario para iniciar la obra; transcurrido un mes, otros seiscientos, para poderlo rematar; quinientos en el momento de la salida del taller para trasladarlo a Cáceres, después de haber sido apreciado por los veedores designados por la noble cacereña; los restantes seiscientos cincuenta, cuando estuviese asentado en Cáceres. Por cuenta de la marquesa, correrían las carretas, mozos y sogas precisos para el transporte. Valdearenas vendría a su costa a Cáceres a asentarlo, así como los oficiales que trajere. Doña Magdalena Juana tan sólo se obligaba a darles casa y dos camas.

Juan de Borja se obligó a desplazarse a Cáceres una vez acabado, Por su trabajo percibiría tres mil cuatrocientos reales: mil cuatrocientos el día que saliera de la Corte; seiscientos cincuenta al mes y el resto a la conclusión. Como en el caso del entallador, la marquesa se comprometía a darle casa y cama; pues el resto de los gastos, así como los de los oficiales que lo acompañasen, los afrontaría el dorador.

Entre los testigos figuran dos cacereños vinculados a la marquesa: el noble don Alonso de Solís y Aldana, su hermano, y Juan Rodríguez Machado, residentes en la Villa y Corte.

Valdearenas fue el ejecutor, pero la traza, como se especifica en el contrato, fue encargada en Salamanca, sin duda, dentro del círculo de los Churriguera, como reflejan algunos detalles del retablo cacereño, pero cuyo estilo enmascara la torpeza del entallador Valdearenas.

Se trata de un retablo hornacina, con cuatro columnas salomónicas, situadas en el mismo plano, adornadas con racimos de uvas, de capiteles compuestos, siguiendo el prototipo de las que José Benito de Churriguera ideara para el retablo mayor de San Esteban de Salamanca, de la misma orden dominica.

Los intercolumnios, conforme a la traza, van decorados con motivos vegetales de talla. La hornacina, enmarcada por sendos cortinones que penden desde un mascarón con la figura de un querubín, culmina en una venera. Se remata el retablo con un ático, formado por dos estípites que albergan el cuadro de Nuestra Señora de Belén, imagen de la Virgen con el Niño que halló amplia devoción entre los cacereños.

img4Dicho cuadro, -sin duda colocado allí, a tenor de la fecha, por disposición don Vicente Francisco de Ovando, hijo y heredero de la marquesa-, es muy posterior al retablo, según consta en la siguiente inscripción que enmarca las sagradas efigies: BERDADERO RETRATO DE Nª SRA DE BELEN DE MADRID. IGNACIO F(ecit). AÑO MDCCLXV.

img5Conforme a la modificación que se hace constar en la escritura de obligación, uno de los serafines fue sustituido por un blasón, configurado por las armas de los Ovando y Rol [4], propias de su difunto marido, y las de Solís y Aldana de la donante, doña Magdalena Juana de Solís y Aldana [5], apellidos con los que también figura en diferentes escrituras. Culmina con la corona de marqués.

En el tomo primero del Inventario Artístico de Cáceres y su Provincia, siguiendo los estereotipados criterios en que se basaron los colaboradores para datar las piezas inventariadas, y que les ha hecho caer en tantos errores como en él hemos detectado, se fecha este retablo en 1760; es decir, medio siglo más tarde de lo que realmente corresponde [6].

La capilla dedicada a San Vicente Ferrer se ubicaba por debajo del sepulcro de Catalina de Saavedra. Su retablo, a lo largo de los siglos, ha albergado a su imagen titular, de madera policromada y de excelente factura, hasta que en 1915, tras la llegada de la comunidad franciscana, fuera reemplazada por la de San Francisco [7], para, con posterioridad a la reforma concluida en 1974 , tras la mudanza del retablo a la secular capilla consagrada a Santa Catalina de Siena, donde se encuentra en la actualidad, es decir en la segunda del lado de la epístola, ser sustituida por la de San Pedro de Alcántara, que recibió también culto en la antigua capilla de San Vicente, como se acredita por el inventario que la presidenta de la Hermanas de la Caridad, sor Margarita Fabregás, redactara el 14 de septiembre de 1835, de los bienes, bajo su custodia, de la iglesia del suprimido convento en el cual se estableció el Hospital [8].

La imagen de San Vicente se expone actualmente al culto en la capilla del lado del evangelio tradicionalmente dedicada a Santo Tomás de Aquino, en un retablo barroco presidido por el relieve de Santiago Matamoros.

Actualmente, lo preside una imagen moderna de Santa María de Guadalupe, Reina de la Hispanidad y Patrona de Extremadura, cuyo Real Monasterio así como el convento que nos ocupa son regidos hoy por la comunidad francisca de la Provincia de la Bética.

Muy satisfecha debió de quedar la marquesa con la obra, pues pocos meses después, gracias a su intervención, se finalizaría otro, largos años aplazado.

II.- LA ERMITA DE NUESTRA SEÑORA DE GRACIA Y SU RETABLO MAYOR.

Dicha ermita se halla emplazada a unos trece kilómetros de Cáceres, próxima al Camino de la Plata, frente al castillo denominado de las Arguijuelas de Abajo.

En 1278, según Floriano Cumbreño [9], se estableció allí la primera dehesa boyal de Cáceres. Poco a poco, se levantó un núcleo de población que dio lugar a un heredamiento.

img6El origen de la ermita de Santa María de Gracia hay que buscarlo, como el de tantas ermitas y capillas levantadas en el término de Cáceres, en el deseo de los particioneros de cumplir con sus obligaciones religiosas. Éstos, para una mejor defensa de sus intereses y conservación de las heredades, solían agruparse en cofradías, regidas por ordenanzas escritas. Tal fue el caso, entre otras, de las de San Francisco del Pago de la Mata, San Jerónimo de la Mata de Ribera, ambas en el siglo XVI; la de San Andrés de Miraflores en 1619.

Para la conservación del edificio, los comuneros, como tenemos constatado en el caso de la de Santa Olalla, cedían algunas fanegas de tierras para que con los frutos de su arrendamiento se pudiesen afrontar los precisos gastos de conservación.

Los orígenes de esta ermita hay relacionarlos también con la devoción a su imagen titular, del siglo XV, la cual custodia en su palacio cacereño el Vizconde de Rodas.

img7La cofradía de Santa María de Gracia poseía una tierra de pan llevar de cuatro fanegadas, la cual lindaba con tierras de Francisco de Ovando, de Diego de Cáceres Ovando y el Camino Real de la Plata, que se labraba cada cuatro años, cuyo arrendamiento apenas bastaba para atender los gastos, hasta el punto de que los cofrades, a prorrata, tenían que sufragar las misas de los meses y las de difuntos que se celebraban, conforme a ordenanza, en la parroquia de San Mateo, de la que dependía. Además le pertenecía un casar muy pequeño y desbaratado. El mayordomo Domingo Gómez, cuyo mandato se desarrollaría de 1545 a 1546, solicitó del cardenal don Francisco de Bobadilla y Mendoza, obispo de Coria, licencia para enajenar ambas propiedades, por las que ofrecía Francisco de Ovando Mayoralgo, además de ciertas reparaciones del edificio, cuatrocientos cincuenta maravedís de renta de censo anual: cuatrocientos sobre la hacienda de Hernando Álvarez de Toledo y cincuenta sobre una casa en la calle de Corte propiedad de Román. El mayordomo expresaba que con dicha cantidad «tendrá la dicha cofradía con que dezir las dichas missas y comprar alguna çera y otras cosas neçesarias«. El vicario general del obispado, el reverendo Toribio Jiménez de Villafranca, beneficiado de la Catedral de Coria, comisionó al vicario de Cáceres, el presbítero Juan de Figueroa, para la pertinente información y publicación en los lugares habituales de la oferta de Ovando, por si hubiera quien mejorara la oferta [10].

El 3 de julio de 1547, se congregaron Alonso Hernández, mayordomo; Antonio Díaz, escribano; los cofrades Francisco Gómez, Pedro de Grajos, Juan García, Juan Gentil, Alonso Gómez Nacarino y Jerónimo Martín para dar dichas propiedades a censo a Francisco de Ovando Mayoralgo, quien, «e demás desto (los cuatrocientos maravedís anuales de renta), a dicho que hará un portal en la dicha yglesia e una canpana, el qual e sus desçendjentes ternán cargo de rreparar la dicha yglesia en lo que puedan«, una vez considerado que «convenya mucho a la dicha cofradía e cofrades para se sustentar e sostener e que no se pjerda nj la yglesia e hermjta se caja porque, por ser tan pobre como es, an pagado e pagan los cofrades las mjsas que se dizen por los defunctos e cofrades» [11].

El 23 de agosto, habiendo dado ya licencia el vicario el día 16, el mayordomo Juan Gentil, asistido por los alcaldes el herrero Hernán Martín y Juan García; los cofrades Antonio Díaz, Alonso Hernández, Francisco de Toledo, Alonso Ceballos, Francisco Silvestre, Francisco Gómez otorgaron la correspondiente escritura ante el escribano Sancho Jiménez [12].

No tardó mucho Ovando en cumplir con el compromiso adquirido de la edificación de un portal, que aún hoy se conserva, si bien modificado, de «tres arcos y de largo quinze pies, poco más o menos, con dos postes de cantería e maderarla e tejarlo«; la sustitución de una viga grande de pino que se había quebrado por otra y la fundición de la campana. El 16 de junio de 1549, el campanero Juan de la Bárcena, vecino de Güemes, otorgó carta de pago a favor de Francisco de Ovando, a la sazón mayordomo de dicha cofradía, de una campana que había fundido aprovechando el metal de las dos campanas que tenía la ermita, que pesó tres arrobas y trece libras, más otras ciento veinte arrobas que le entregó el citado mayordomo.

img8La nueva campana pesó siete arrobas y veinte libras. Por la hechura percibió el campanero cuatro mil maravedís más otros mil por la merma en la fundición [13]– El 27 de septiembre de 1604, en cumplimiento de citado concierto, su hijo don Pedro Rol de la Cerda encargaría al campanero Juan de Alviano de Ayala, vecino de Arroyomolinos, la hechura de una nueva campana, similar a la fundida por encargo de su padre, que se había quebrado, a cuyo peso habría de añadir dos arrobas de metal campanil, media de cobre, media de latón y ocho libras de liga de Inglaterra [14].

Francisco de Ovando Mayoralgo, gracias a la posesión del mayorazgo de su abuelo Francisco de Ovando el Viejo, quien había vinculado las diferentes tierras que había ido adquiriendo en las Arguijuelas, era el mayor particionero en mencionado heredamiento, pero no por ello poseía la propiedad de la ermita, que la mantuvo su cofradía titular. No obstante la constitución del censo y contraprestaciones arriba mencionadas, Ovando no se convirtió en patrono de la ernita, pues como se afirma en la escritura de censo de 20 de agosto de 1611, que mencionaremos más abajo, la cofradía «se sirve en la parrochial de Señor San Mateos desta dicha billa y tiene su hermita en el assiento del Argijuela«.

img9Por otra parte, la ermita era objeto de las mandas testamentarias de los vecinos de Aldea del Cano, siguiendo una práctica inmemorial en la Tierra de Cáceres, de favorecer las ermitas pobladas. Así, el 24 de junio de 1550, Juana Holgado, mujer de Juan Blázquez, incluía la siguiente en el suyo: «Yten mando a la yglesia de Sant Martín medio rreal y mando a Santiago de Bencaliz e a Sant Yuste y a Santa María de Graçia e a San Juan Hevanjeljsta questá en el Alguijuela a cada una dos mrs. para azeyte «[15].

A pesar de que siempre llevó una existencia languideciente, la cofradía sobrevivió. Sus mayordomos, elegidos anualmente como era norma generalizada en las cofradías, gestionaban los asuntos, daban a censo las escasas rentas logradas reunir. He aquí las referencias que hemos hallado:

  • El 9 de agosto de 1581, el mayordomo García Mogollón dio poder general a procuradores de Cáceres para los pleitos que esperaban tener [16].
  • El 23 de agosto de 1581, siendo mayordomo Domingo Hernández, María García la cerera, viuda, se obligó a pagar a finales de marzo de 1582, los siete mil maravedís en que fue alcanzado Francisco Martín Maderuelo de su año de mayordomía [17].
  • El 19 de septiembre de 1582, el mayordomo Domingo Hernández dio a censo quinientos maravedís de renta anual, por el principal de siete mil, al presbítero Hernando Gil, quien hipotecó su casa de morada en la calle del Horno y una viña en Villoluengo [18].
  • El 28 de agosto de 1585, el mayordomo Gonzalo García entregó siete mil maravedís, cuya renta anual ascendía a quinientos, a Francisco Díaz Caldera y su mujer Isabel Rodríguez [19].
  • El 16 de octubre de 1586, el mayordomo Juan Sánchez Mirueña dio a censo idéntica cantidad a Juan de Tovar y a su mujer Isabel Sánchez, que cargaron sobre sus casas en Pintores, colindantes con el horno de cocer pan [20].
  • El 30 de enero de 1588, el mayordomo Francisco Jiménez Rubio dio poder general a procuradores de Cáceres [21].
  • El 1 de agosto de 1590, a petición del mayordomo Juan Sánchez Mediodía, Juan de Carvajal, hijo de Hernando Álvarez de Toledo, reconoció los cuatrocientos maravedís perpetuos sobre sus casas principales intramuros, que daban a tres calles públicas, y cuya almojava salía a la Plaza pública sobre la muralla; censo que Francisco de Ovando hubo dado en trueque por la hacera que la cofradía tenía en las Arguijuelas [22].
  • El 12 de mayo de 1591, a requerimiento del mayordomo Juan Sánchez Mediodía, Benita García, viuda de Juan González, reconoció el censo de cincuenta maravedís perpetuos que sobre la casa en la calle de Corte heredada de su padre, que también había sido objeto del trueque de Francisco de Ovando el Viejo [23].
  • El 12 de noviembre de 1591, a instancias del mayordomo Juan Coronado, el pellitero Alonso López reconoció el censo que otorgaran Juan de Tovar e Isabel Sánchez [24].
  • El 16 de julio de 1609, el mayordomo Martín de Palacios vendió al presbítero Baltasar Jiménez Sanguino trescientos cincuenta maravedís de renta, por el principal de siete mil, que tenía depositados de la redención efectuada por Pedro Gómez Mirueña. El mencionado presbítero hipotecó su casa al Portal del Reloj y otros bienes [25].,
  • El 20 de agosto de 1611, el mayordomo Baltasar Hernández de Mercado dio doscientos veinte reales de principal, que generaban once de réditos anuales, al presbítero Hernán Martín Pozo quien hipotecó sus casas en la calle de Damas, con puerta falsa al camino de la ermita de la Consolación, y sobre otros bienes[26].
  • El 22 de octubre de 1646, Diego Jiménez Pozo y su mujer Francisca Sánchez Pozo, al otorgar un censo a favor de la cofradía y ermita del Espíritu Santo, declararon que sobre su casa en la calle de Damas, objeto de la hipoteca, ya pesaba el censo arriba referido de once reales de renta perpetuos a favor de la Cofradía de Nuestra Señora de Gracia «que se sirve en su hermita de las cassas de campo de la Arguixuela«[27].
  • El 20 de julio de 1729, el presbítero don Esteban García Corbacho, testamentario de Inés Holguín, difunta, vendió al también presbítero don Cristóbal Rama la casa con corral que ella había dejado en la calle de Corte sobre la que pesaban real y medio perpetuos a favor de la ermita de Gracia [28].

Al no haberse conservado los libros de acuerdos, hermanos, cuentas, tenemos un conocimiento muy fragmentado de la historia de la ermita y de la cofradía que la sustentaba, la cual debió de extinguirse por falta de hermanos, como tantas otras de la villa de Cáceres, en el primer cuarto del siglo XVIII, tras los desastres de la Guerra de Sucesión a la Corona de España. Si la ermita se ha mantenido inhiesta y ha evitado la ruina, como les ocurrió en dicho periodo a las de San Lázaro, Santo Domingo Soriano y otros, fue gracias al especial cuidado que le dispensaron los señores de las Arguijuelas de Abajo y sus sucesores hasta nuestros días [29].

Desde el compromiso adquirido por Francisco de Ovando Mayoralgo, se observa el especial cuidado que sus descendientes dispensaron a la ermita, predilección que manifestaban también sus criados. Así el 26 de febrero de 1543, Pedro Hernández, vecino de Rehoyo, tierra de Hita, al servicio de Ovando, en su testamento dispuso «que sy Nuestro Señor Dios fuere servido de me llevar que mj cuerpo sea sepultado en la hermjta de Nuestra señora Santa María de Graçia que está en el heredamiento del Alguijuela, sy falleçiere en él «[30].

img10Cristóbal de Ovando Mayoralgo, hijo segundogénito de Francisco de Ovando el Rico, por lo tanto hermano de Francisco de Ovando Mayoralgo, la tuvo presente, en 1579, en sus mandas testamentarias: «por cuanto yo e tenido y tengo devoçión a la ermjta de Nuestra Señora de Graçia, questá en el eredamjento del Algijuela, término desta villa, mando que se le dé a la dicha ermjta en cada un año un arrova de azeyte para que se gaste en alunbrar la ymajen de la dicha ermjta. E rruego y pido a los cofrades de la cofradía de la dicha ermjta quel día que çelebraren la fiesta de Nuestra Señora de Graçia, rrueguen y pidan al clérigo que diere la mjsa me encomjende a Dios; y a los questuvieren presentes, que, por caridad un pater noster por mj ánima, suplicando a Dios Nuestro Señor me perdone. La cual dicha arrova de azeyte quiero la cobre para sienpre jamás el mayordomo de la dicha ermjta de la persona que tuviere el mj olivar, porque sobre él ynpongo esta carga; y del azeyte que dél se cojere (roto) y el que llevare el dicho olivar sea con esta carga y tributo»[31].

El cura de Aldea del Cano, en razón del cobro de los medios diezmos de los frutos de pan y menudos de las Arguijuelas , estaba obligado a oficiar la santa misa todos los domingos desde el primero de Cuaresma hasta el de Pentecostés; y cada quince días, desde Pascua del Espíritu Santo hasta Cuaresma. En 1604, los regidores cacereños don Pedro Rol de la Cerda, nieto de Francisco de Ovando Mayoralgo y sucesor en el mayorazgo de su tatarabuelo Francisco de Ovando el Viejo, y don Diego de Ovando y Torres pretendieron que se celebrase todos los domingos y fiestas de guardar, a lo que se opuso el rector de la parroquia de San Martín, el licenciado Martínez. Para evitar costosos pleitos, el 22 de junio de dicho año, ambos nobles, por sí y los sucesores de sus casas y mayorazgos, se obligaron a dar doce ducados anuales cada uno a cambio de que el cura u otro sacerdote dijese misa todos los domingos y fiestas de guardar [32].

Algunas décadas después, ante el incumplimiento por parte del párroco de este acuerdo, se suscitó un pleito que, el 16 de enero de 1642, el Vicario general, licenciado Asensio Fernández de Pazos sustanció a favor del actor, don Francisco Antonio de Ovando, señor de la Arguijuela, condenando al cura de Aldea del Cano a cumplir con la obligación contraída [33]. No obstante, a finales del siglo XVIII, número se había reducido notablemente a tenor de las respuestas del capellán Domingo Márquez Peñaranda al Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura de 1791: «tiene esta Parroquia dos anejos, llamados, uno de Nuestra Señora de Gracia (…). La obligación del párroco es que se diga una misa en la primera todos los días festivos desde San Pedro hasta San Andrés…» [34].

Por su testamento de 12 de diciembre de 1669, doña María Jacinto de Carvajal, primera mujer de don Pedro Francisco de Ovando, marqués de Camarena y señor de la Arguijuela de Abajo, mandó «se haga un rretablo de madera, que se entiende un hueco, adonde se ponga Nuestra Señora de Grazia, y que en la peana se ponga un rrótulo que diga: este rretablo dio María indigna esclava de la Virgen» [35]. Pero ni sus testamentarios, ni su marido, fallecido en 1701, al que dejó por heredero universal de todos su bienes puso en ejecución esta última voluntad.

img11Sería su segunda esposa, doña Magdalena Juana de Solís y Ovando, la que, sin duda, animada por la donación que había efectuado al convento de predicadores del retablo de la capilla de San Vicente, la que culminó el deseo de la primera mujer de su difunto esposo, como evidencia la inscripción existente en el banco del mismo:

EN 12 DE DICIEMBRE DE 1669 AÑOS MANDO EN SU TESTAMENTO ACER ESTE RETABLO D. MARIA JAZINTO DE CARVAGAL PRIMERA MUGER DEL MARQUES DE CAMARENA CON EL ROTULO QUE ESTA EN LA PEANA.

IZOSE EN VIDA DE D. MAGDALENA JUANA DE SOLIS I OVANDO SEGUNDA MUGER DE DICHO SEÑOR A LOS 5 AÑOS DE VIUDEZ I SE FINALIZÓ DE DORAR AÑO DE 1705 A 19 DE SETIEMBRE.

Dadas las similitudes que ofrece con el del convento dominico, objeto de esta ponencia, y la escasa diferencia temporal, menos de un año, entre ambos retablos, se puede atribuir su ejecución y dorado al entallador Francisco de Valdearenas y al dorador Juan de Borja y Córdova, artistas a quienes doña Magdalena había encargado el primero.

img12Se trata de un retablo hornacina que durante siglos albergó la imagen titular de Santa María de Gracia, de estilo gótico. Hoy recibe culto en ella la efigie de Nuestra Señora del Rocío, de cerámica sevillana, por tener en esta ermita su sede la Hermandad de Cáceres de esta advocación.

Como el de santo Domingo, presenta cuatro columnas salomónicas adornadas con racimos de uvas, que albergan sendas calles con pinturas, sobre tablas, de sabor popular de santos de la devoción de doña Magdalena: en la del lado del evangelio, a San Nicolás de Bari [36] y por encima a Santa Bárbara; en la de la epístola, a San Antonio de Padua y en la parte alta a María Magdalena, santa bajo cuyo patronato fue bautizada la mecenas [37].

img13Sobre un sencillo entablamento, se alza el ático, de inspiración más clasicista que el del mencionado convento cacereños, con un cuadro, también sobre tablas, sin duda de San Vicente Ferrer, habida cuenta de la especial devoción que le profesó doña Magdalena Juana hasta el punto de que su hijo unigénito recibió como primer nombre el de Vicente, patronímico hasta entonces inusual en su familia y que en adelante llevarían sus sucesores.

Don Vicente Francisco de Ovando Rol de la Cerda Castejón Díez Aux de Armendáriz Mendoza Lodeña Bazán y Solís, caballero de Calatrava, comendador de Vállaga y Algarga, señor del castillo de las Arguijuelas, Alférez Mayor perpetuo de Ágreda y Cáceres, Teniente General de los Reales Ejércitos, Gobernador y Comandante General de Ejército y Provincia de Extremadura como se denomina a sí mismo en su testamento, heredó las citadas devociones maternas, en especial a San Vicente, hasta el punto de que a seis de sus ocho hijos legítimos y a su hija natural les impuso el nombre de pila de Vicente.

En su testamento de 31 de octubre de 1773 otorgado junto con su mujer doña Cayetana de Ovando [38], don Vicente Francisco dispuso ser sepultado, en caso de que le sobreviniese la muerte en su villa natal, Cáceres, en la ermita de Nuestra Señora de Gracia, en el altar de la Virgen del Loreto.

Dicho testamento resulta interesantísimo por las disposiciones, imbuidas del espíritu ilustrado de la época, que se desarrollarían en el momento de que se extinguiese su descendencia. En dicho supuesto, la renta de los tres primeros se reservaría para la fundación de tres capellanías.

img14La primera servidera en el referido altar de Nuestra Señora del Loreto, donde el capellán estaría obligado a aplicar diariamente la misa por el alma de los otorgantes y sus antepasados, así como la de los días de precepto, en hora acomodada, para que pudieran acudir los criados, pastores y labradores del contorno. Además, todas las noches, previo toque de campana, se rezaría el rosario en dicho altar. La segunda capellanía, en el altar de San Vicente Ferrer de Santo Domingo, donde diariamente el capellán celebraría misa de once; si los frailes no se opusiesen a esta manda, se les daría cinco arrobas anuales de aceite para la lámpara de la capilla. La tercera en la ermita del Santo Cristo de la Encina, que acababa de construir en el lavadero de los Barruecos, o en su defecto en la capilla de esta advocación en la parroquia de San Mateo.

img15La ermita de Nuestra Señora de Gracia presenta cabecera rectangular datable a finales del siglo XV, en cuyo exterior blasona las armas de los Ovando. Conserva el pórtico que Francisco de Ovando Mayoralgo mandara edificar, aunque modificado, pues las columnas primitivas de cantería fueron sustituidas en el siglo XVIII por los machones existentes para soportar el empuje de la bóveda de arista que sustituyó al anterior maderamen.

img16El interior es de una sola nave, con tres tramos. La capilla mayor mantiene la primitiva bóveda de crucería, con clave granítica encalada tallada con el escudo de los Ovando. La chilla o cañizo, tan tradicional en la arquitectura cacereña, como evidencia la obligación contraída por Francisco de Ovando de reemplazar la viga grande maestra por otra nueva, dio paso, en la décimo octava centuria, a las actuales bóvedas de cañón, para lo que fue necesario reforzar los muros de las naves con arcos que reposan sobre pilastras. Junto a la única puerta de acceso, está empotrada la pila del agua bendita, de estilo renacentista, decorada con guirnaldas de flores, cabeza de angelito y un cordón que la rodea.

A ambos lados del retablo mayor cuelgan sendas cartelas, escritas de puño y letra del insigne presbítero don Simón Benito Boxoyo, relativas a los cuarenta días de indulgencias concedidas por el obispo cauriense don Juan José García Álvarez a los devotos de Nuestra Señora de Gracia que rezaren un salve delante de su imagen y a los del Santo Cristo de la Expiración que ante su devota efigie rezaren un credo por la exaltación de la fe.

En la nave, se alzan sendos retablos laterales, barrocos, en blanco, atribuibles a un mismo autor, dentro del estilo artístico de Vicente Barbadillo. El del lado del evangelio, hoy exento de imágenes, albergó durante siglos la de bulto redondo, sin policromar, de Nuestra Señora del Loreto, que se custodia actualmente en el palacio del vizconde de Roda. La devoción a esta advocación mariana tiene su origen en el compatronato secular de los señores de las Arguijuelas de Abajo sobre el convento cacereño de Nuestra Señora del Loreto de la Limpia Concepción como dejó dispuesto su fundador el indiano Juan Durán de Figueroa a comienzos del siglo XVII.

El del lado de la epístola, con atributos de la pasión, de mayor sencillez decorativa que el mariano, aloja la imagen del Santo Cristo de la Expiración, del siglo XVI, de tamaño mayor que el natural, cuya devoción se ha renovado con la fundación en 1992 de la cofradía penitencial que lo tiene por titular y que lo ha incorporado a los desfiles procesionales de la Semana Santa de Cáceres.

APÉNDICES

Mayordomos de la Cofradía
Año
Nombre
1545-46 Domingo Gómez
1546-47 Alonso Hernández
1547-48 Juan Gentil
1548-49 Francisco de Ovando
1579-80 Francisco Martín Maderuelo
1580-81 García Mogollón
1581-83 Domingo Hernández
1585 Gonzalo García
1586 Juan Sánchez Mirueña
1588 Francisco Jiménez Rubio
1590-91 Juan Sánchez Mediodía
1591-92 Juan Coronado
1609 Martín de Palacios
1611 Baltasar Hernández de Mercado

 

Alcaldes de la Cofradía
Año Nombre
1547-48 Hernán Martín, herrero, y Juan García

 

Escribanos de la Cofradía
Año Nombre
1545-46 Antonio Díaz

A. H. P. CC. Protocolos notariales. Caja 4.194. Escritura inserta al comienzo de los protocolos del escribano Francisco Martín Pozo Andrade del año 1737.

Obligazión hecha entre partes, de la una la Señora Marquessa de Camarena y de la otra Domingo Francisco de Valdearenas, maestro emsamblador, y Juan de Borja y Córdova, maestro de dorador; sobre un retablo que se ha de poner en el combento de predicadores de la villa de Cázeres a San Bizente Ferrer.

En la villa de Madrid, a cattorce días del mes de jullio año de mill setecientos y quatro, antte mí el escrivano y ttestigos parecieron de la una parte la señora marquessa de Camarena, residente al pressente en esta dicha villa, y de la otra Domingo Francisco de Valde Arenas, maestro ensamblador de rettablos, y Juan de Borja y Córdova, maestro dorador de ellos, ambos vecinos de esta dicha villa. Y dijeron que ,por quanto tienen tratado y ajustado el haçer un rretablo de ensamblaje y dorado para el altar de el gloriosísimo san Vicente Ferrer en el combento de el horden de predicadores de la villa de Cáceres, en el término de çinco messes con dicha señora marquesa por precio de cinco mill y ochocientos reales de vellón, pagados en diferenttes plaços y con diferenttes calidades y condiçiones, que abajo yrán mençionadas, para lo qual les a pedido dicha señora marquessa hagan obligazión mancomunándose con sus personas y bienes muebles y raíces avidos y por haver. Y viendo ser justo y de su conbeniençia el haçer dicha obligazión según las calidades y condiziones que se referirán, lo ponen en execuçión. Y así, en la mejor bía y forma que más aya lugar en derecho, los dichos Domingo Françisco de Valdearenas, maestro de ensamblador, y Juan de Borja y Córdova, maestro dorador, ambos juntos de mancomún y a boz de uno como principales y fiadores uno de ottro y ottro de otro y cada uno de por sí y por el todo ynsolidun, renunçiando como rrenunçiaron las leyes de duobus rex de vendi y la autentica pressente oc yta de fide yusoribus y todas las demás leyes, fueros y derechos que son y ablan en fabor de la mancomunidad y fianza, según y como en ellas y en cada una de ellas se contiene, que quieren no les valgan, sino es que se entienda que lo que faltase de cumplir en dicho retablo por qualquiera de los dos lo aya de cumplir asta estar fijado y en toda forma el otro que quedase. Y en esta manera, se obligaron hacer dicho retablo de emsamblaje y dorado y precio, y esto a de ser con las calidades y condiçiones siguientes:

Primeramente que el dicho Domingo Françisco de Valdearenas a de dar acavado el dicho rretablo, por lo que toca a ttalla y ensamblaje, en el término de dos messes que empiezan a correr y contarsse desde el día de la fecha de esta escriptura y cumplirán otro tal día de septiembre próximo que biene de este presente año, en precio de dos mill setecientos y cinquenta rreales, para lo qual se le an entregado en presençia de mí, el escrivano, y de los testigos mill rreales de vellón en doblones y plata que lo sumaban y montavan; los quales el dicho Domingo Francisco de Valdearenas los passó a su parte y poder a toda su satisfaçión, que doy fee ,y como pagado de ellos, da y otorga carta de pago de dicha cantidad a fabor de dicha señora marquessa. Y con dichos mill rreales a de travajar en dicho rretablo hasta cumplir el primer mes y, cumplido que sea, se le an de entregar seisçientos rreales de vellón para que con ellos acave de dar rrematado y en toda forma dicho rretablo. El qual a de yr según una traça y dicho dibujo que se le a entregado, que bino de Salamanca, sin descrepar en poco ni en mucho de dicha traça, como lo menziona una memoria que así mismo vino junta con dicha traza, que, para que siempre conste, se pone a la letra y es de el thenor siguientte:

Memoria

Primeramente a de tener el rretablo veinte pies de alto desde el cozalo de el pedestal asta la última lignia de el cerramiento o coronamiento, correspondiendo el ancho a su altura y conforme artte. Es condiçión que pedestal y sotta vassa a de ser ensamblado y apiñacados los témpanos y vastidores de la rrepissa y alabita; y lo propio, el enpilastrado y caja del niño, que es caja principal. Y el fondo de dicha caja a de yr de frissos de talla. Y las pilastras an de llebar capiteles tallados. Y todo lo demás se a de executar conforme la traza; y serafines y niños, conforme están demostrados. Y en quanto a el dorado a de ser capiteles de colunas y vástagos y ojas y rraçimos de oro limpio y los campos negros abruñidos. Y tocante al rretablo todo lo que fueren moldaduras, tallas y niños a de ser dorado de oro bruñido y los campos negros.

Prosigue

La qual memoria orijinal queda en mi poder, a que me rremito, y según ella y la traza referida a de acabar el dicho rretablo dentro de el término de los dichos dos messes en esta dicha villa, a donde lo a de hacer la dicha señora marquesa ver por maestros de su satisfazión para que rrejistren si está arreglado a la dicha traza y memoria y executado según artte y a toda costa. Y de no estar de la manera rreferida, lo a de bolber a executar el dicho maestro de ensamblador a su costa y rriesgo. Y a ello se le a de apremiar sin más recado que la presentazión de esta escriptura y estando a ssatisfazión de dicha señora marquessa dicha obra a de estar obligada su señoría, como lo es, desde luego se obliga a dar a el dicho Domingo Françisco de Valdearenas quinientos rreales de vellón y las carretas que fueren necessarias para llebar dicho rretablo asta el dicho conbento donde se a de fijar y sentar, no siendo de la obligazión de su señoría más que le dar dicha carreta y un mozo con cada una y las sogas que hubieren menester para atar el dicho rretablo asta llegar a dicho combento. Y el dicho maestro a de ir a su costa y los ofiçiales que llebare consigo. Y si, por algún accidente en el camino o en el sitio donde se hubiere de sentar se quebrare o desconpusiere alguna o algunas piezas de dicho rretablo a de tener obligazión el dicho maestro de volberlas acer a su costa y rriesgo y dejarlo sentado y fijado a satisfazión de las personas que nombrare la dicha señora marquessa en la dicha villa de Cázeres. Y sentado y fijado en toda forma se le an de entregar a el dicho maestro los seisçientos y çinquenta rreales restantes a cunplimiento de los dos mill setecientos y cinquenta en que ba ajustado. Y es de la obligazión de su señoría de darles a los maestros, todo el tienpo que estubieren en la dicha villa de Cáceres enpleados en acavar el dicho rretablo, cassa en que biban y dos camas y no ottra cossa alguna sino lo que ttocarre a albañilería para sentar y fijar dicho rretablo, que esta a de ser por quenta de dicha señora marquesa el pagar su ymportte. Y se adbiertte que sólo a de tener el dicho rretablo de diferencia de la traza referida el que en lugar de la caveza del serafín último an de yr las armas de su señoría y los maestros an de yr y bolber a su costa y se an de mantener todo el tienpo que estubieren en la dicha villa de Cáçeres y la jente que llebaren consigo Dorador.

Y acavado que sea dicho rretablo en toda forma, a de ser de la obligazión de el dicho Juan de Vorja y Córdova, dorador, el salir luego yncontinente a dorar el dicho rretablo a la dicha villa de Cáçeres a su costa así mesmo, dándole por ttodo el dorado en toda forma según la memoria que ba menzionada tres mill quatrozientos rreales de vellón en la forma siguiente: los mill y quattroçientos rreales el día que salieren de esta Cortte; y desde dicho día en tres messes, a de dar acavado y dorado el dicho rretablo, haciéndole buenos los días que gastare en la yda. Y desde el día que empezare dicho dorado en un mes se le an de dar seisçientos y cinquenta rreales y la rrestante cantidad luego que esté acavado de dorar y en toda forma sin faltar en cossa alguna a lo que ba prebenido en dicha memoria y no de otra suertte, siendo de la obligazión de dicho maestro el sustentarse a sí todo el tienpo que gastase en yda y buelta, como en estar allá, dando su señoría cassa y cama mientras estubieren empleado en el dorado de dicho rretablo y no de otra manera. Y la jente que llebare consigo los a de llebar y mantener asímesmo a su costa. Y a de quedar en toda forma el dicho rretablo a satisfazión de la persona que nombrase su señoría en la dicha villa de Cáçeres.

Con las quales calidades y condiziones, según y como en ellas se contienen, los dichos Domingo Francisco de Valdearenas y Juan de Vorja y Córdova se obligaron con su persona y vienes muebles y rraíces havido y por haver a acavar y fijar y dorar el dicho rretablo a satisfazión y vista de maestros y de estar hecho según dicha traça y memoria y de que bale los dichos cinco mill y ochoçientos rreales en que se a ajustado, exçetuando de ellos trecientos rreales que se le an dado a el maestro de dorador para ayuda de el costo de el camino. Y no baliéndolo, nos obligamos a bolber lo que declarasen tiene de menos precio o bolber a acer lo que faltare luego de contado y que de ello conste y a ello se nos a de poder apremiar a entrambos como mancomunados o cada uno de por sí y no hemos de pedir demasías ni otros gastos aunque por los maestros que lo bieren se tasse en más, porque solamente hemos de llebar dichos cinco mill y ochocientos rreales en la forma referida. Y si faltáremos a lo contenido en esta escriptura, pueda la dicha señora marquessa, o quien su poder y derecho tubiere, buscar otros maestros que lo agan y executen y por lo que más le costare y las costas que en ello obiere se nos a de poder executar solo en virtud de esta escriptura y su declarazión de que le relebamos en forma. Y la dicha señora marquesa de Camarena, por lo que a sí toca, se obliga con las calidades y condiziones mencionadas a que dará y pagará a los dichos maestros o a quien su poder tubiere los dichos cinco mill y ochocientos rreales de vellón en que se a ajustado dicha obra según y como ba capitulado en las condiciones. Y por lo que toca al último plaço, se obliga su señoría a que luego que esté a su satisfazión a dar y pagar a cada uno de dichos maestros lo que a cada uno le tocare en el tienpo que le corresponde, según dieren acavado lo que a cada uno es de artte y obligazión.

Y al cumplimiento de lo en esta escriptura contenido unos y ottros obligaron sus personas y bienes muebles y rraíçes abido y por haver y dieron poder cumplido a las justicias y jueces que de sus causas devan conocer de qualesquier partte que sean para que les apremien por todo rigor de derecho y vía executiba y lo rrecibieron por sentencia passada en cosa juzgada, renunciando como rrenunciaron su propio fuero, jurisdizión y domizilio y la ley sic cumbenerit de yrisdicione omnium yudicum con todas las demás leyes, fueros y derechos de su fabor y todas las que ablan en fabor de las mujeres y las de Veleyano senatus consultus y emperador Yustiniano de que dicha señora marquesa fue abissada por mí, el escrivano, y como savedora de sus efectos la apartó y rrenunció de que doy fee. Y así lo otorgaron todos siendo testigos don Alfonsso Premech, don Alonso Solís Aldana y don Juan Rodríguez Machado residentes en esta dicha villa y los otorgantes a quien yo el escrivano doy fee conozco. Lo firmaron doña Magdalena Juana de Solís y Obando, Domingo Francisco de Valde Arenas, Juan de Vorja y Córdova. Ante mí Juan Miravel de los Covos.

Yo el dicho Juan Mirabel de los Cobos, escrivano público del Rey, nuestro señor rressidente en su Corte y Villa de Madrid, pressente fuy a lo que dicho es y en fee de ello lo signé y firmé en diez y nuebe días del mes de jullio año de mill setezientos y quatro.

En testimonio de verdad
Juan Mirabel de los Cobos


NOTAS:

[1] MAYORALGO Y LODO, José Miguel de: «La Casa de Ovando (Estudio histórico-genealógico)«. Real Academia de Extremadura. Cáceres, 1991.

[2] ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE CÁCERES (A.H.P.CC). Protocolos de Juan Romero. Caja 4.245. Año 1593.

[3] Ibid. Protocolos de Pedro de Pérex. Caja 4.130. Años 1593-1596.

[4] Las de Ovando: En campo de plata, una cruz floreteada de gules con cuatro veneras de gules en torno a ella; bordura del mismo color con ocho aspas de oro. (LODO DE MAYORALGO, José Miguel: Viejos Linajes de Cáceres. Caja de Ahorros de Cáceres, 1971. pág. 177).
Las de Rol: cinco palomas azules con pintas de plata en campo de oro. (A. H. P. CC. LEGADO PAREDES. Legajo 126, expte. 31). Sin embargo, los colores aparecen cambiados en el escudo del retablo: cinco palomas de oro en campo de azur.

[5] La de Solís: En campo de oro, un sol de gules con dieciséis rayos y ocho dragantes que reciben en sus bocas otros tantos rayos de sol. (LODO DE MAYORALGO, … op. cit. pág. 271).
Las de Aldana: «cinco lirios de oro sobre campo rojo» (A. H. P. CC. LEGADO PAREDES. Legajo 126, expte. 31).

[6] Inventario Artístico de Cáceres y su Provincia. Tomo I. Partidos Judiciales de Alcántara y Cáceres, bajo la dirección de don Salvador Andrés Ordax. Ministerio de Cultura. Madrid, 1989. pág. 211.

[7] HURTADO, Publio. A.yutamiento y familias cacerenses.. Cáceres, 1918. pág. 748.

[8] ARCHIVO DE LA DIÓCESIS DE CORIA-CÁCERES. (A. D.). Inventarios. 1800 y siguientes.

[9] FLORIANO CUMBREÑO, Antonio: La villa de Cáceres. Institución Cultural El Brocense. Cáceres, 1987. pág. 101.

[10] A. D. Parroquia de San Mateo de Cáceres. Legajo 4, documento 17.

[11] A.H.P. CC. Protocolos de Pedro de Grajos. Caja 3.923.

[12] A. D. Parroquia de San Mateo de Cáceres. Legajo 4, documento 17.

[13] A.H.P. CC. Protocolos de Pedro de Grajos. Caja 3.924. fol. 136.

[14] Ibid. Protocolos de Juan Romero. Caja 4.250. fols. 587-588v.
El 3 de noviembre de 1599, el doctor Escobar, cura de Torrequemada y prior de Santa María del Salor, concertó con Juan de Alviano de Ayala , la campana y el esquilón para la iglesia parroquial de San Esteban (Ibid. Protocolos de Pedro de Pérex. Caja 4.131).

[15] Ibid. Protocolos de Diego González. Caja 3.826. fol. 368-370.

[16] Ibid. Protocolos de Alonso de Figueroa. Caja 3.789.

[17] Ibid. Protocolos de Martín de Cabrera. Caja 3.644. Año 1581, cuaderno II.

[18] Ibid. Protocolos de Pedro de Pérex. Caja 4.125.

[19] Ibid. Caja 4.237.

[20] Ibid. Caja 4.238.

[21] Ibid. Caja 4.240.

[22] Ibid. Caja 4.242.

[23] Ibid. Caja 4.243.

[24] Ibid. Caja 4.243.

[25] Ibid. Caja 4.255. fols. 346 y v.

[26] Ibid. Protocolos de Juan Maderuelo. Caja 4.002.

[27] Ibid. Protocolos de Miguel Jiménez de Valverde. Caja 3.949. fols. 513-516v.

[28] Ibid. Protocolos de Francisco Tiburcio Maderuelo. Caja 3.993.

[29] Agradezco a don Ramón Jordán de Urríes, vizconde de Rodas, las facilidades que me ha dispensado para realizar el reportaje gráfico que ilustra esta ponencia.

[30] A. H. P. CC. Protocolos de Diego González. Caja 3.823. Año 1543, cuaderno III, fols. 47 y v.

[31] Ibid. Protocolos de Pedro González. Caja 3.830. El 30 de julio de 1579 se abrió, con las formalidades de rigor, el testamento que hubiera otorgado cerrado el 13 de junio de dicho año.

[32] Ibid. Protocolos de Juan Romero. Caja 4.250. fols. 323-324.

[33] Ibid. Protocolos de don Gabriel Antonio Briceño de Muesas. Caja 3.596. Año 1701. Escritura número 168 del inventario de escrituras de don Francisco de Ovando y Castejón, marqués de Camarena.

[34] Ibid. REAL AUDIENCIA DE EXTREMADURA. Caja 643. Expte. 3. Visita a Aldea del Cano.

[35] Ibid. Protocolos de Juan Fernández Zayas. Caja 3.784. Años 1669-1679. fols. 208-211v.

[36] Sobre la devoción a San Nicolás entre los cacereños del siglo XVIII, puede consultarse la nota 67 de nuestra ponencia «La Iglesia de San Juan Bautista de Cáceres. Algunas circunstancias constructivas», presenta a los XXIII Coloquios Históricos de Extremadura.

[37] La reseña que dedica a este retablo el referido Inventario Artístico de Cáceres y su Provincia está plagada de despropósitos.

[38] Ibid. Protocolos de Andrés Ignacio Chamizo. Caja 3.746. Año 1703. fols. 404-423v

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